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Plan de adquisiciones

19 de Julio de 2024

RTVC Sistema de Medios Públicos es una entidad descentralizada indirecta, del orden Nacional, con el carácter de Sociedad entre Entidades Públicas, catalogada como una empresa industrial y comercial del Estado, cuyo objeto será la programación, producción y operación de la red de radio y televisión pública.

En principio, está sometida al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública por su carácter de entidad pública; no obstante, por su objeto misional está exceptuada de la aplicación del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y decretos reglamentarios), el cual prevé para las empresas industriales y comerciales del Estado que desarrollan actividades comerciales en competencia con el sector privado y/o público, nacional e internacional de que tratan los artículos 38 de la Ley 80 de 1993, 14 de la Ley 1150 de 2007, 93 de la Ley 1474 de 2011, según el cual, los contratos que celebren estas entidades para el desarrollo de su objeto social se regirán por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a tales actividades, esto es el derecho privado.

De esta manera, las contrataciones que adelante RTVC Sistema de Medios Públicos en desarrollo y cumplimiento de las actividades comerciales de su objeto social, tales como las relacionadas con la adquisición y suministro de equipos, construcción, instalación y mantenimiento de la red de radio y televisión y de los sitios en los que se ubican, preproducción, producción, posproducción, emisión, transmisión etc., se rigen por las normas aplicables a tales actividades y las modalidades dispuestas por RTVC Sistema de Medios Públicos en su Manual Interno de Contratación.  Por su parte los procesos de contratación que requiera celebrar RTVC Sistema de Medios Públicos para su funcionamiento como ente societario, tales como la compra de papelería, insumos de cafetería y aseo, etc., se someterán a las normas del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.

Con base en lo antes expuesto, es preciso indicar que el régimen legal de contratación de RTVC Sistema de Medios Públicos es mixto,  toda vez que para la “Contratación Administrativa o de Funcionamiento” debe aplicar el Estatuto General de Contratación Pública, y para la “Contratación Misional”, esto es, para los contratos que celebre  para el desarrollo y cumplimiento de las actividades industriales y comerciales que constituyen su objeto social aplicará el derecho privado, y en consecuencia, lo previsto en el Manual de Contratación de la entidad.

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